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La auditoría laboral se configura como la principal técnica para realizar el control de legalidad y la comprobación de que la actividad de gestión se realiza conforme a los principios de buena gestión: economía, eficacia y eficiencia.
Así, la auditoría se fundamenta en un conjunto de reglas o pautas, conocidas como normas de auditoría, dictadas por la corporación responsable de la organización y la actividad.
El Centro Europeo de Auditores Laborales (CEAL) es la corporación interprofesional promovida por el Consejo General de Graduados Sociales que asocia a los profesionales expertos en materias laborales y, especialmente, en auditoría laboral.
El fin de estas normas es homogeneizar los métodos y procedimientos de trabajo, así como la formulación de sus resultados para mejorar la calidad de los trabajos.
Estas normas buscan, intentan, trazar un marco o camino a seguir en las diferentes actuaciones que como auditor pueda tener el propio auditor laboral, de modo que el equipo formado por auditor y colaboradores cuente con reglas precisas para conocer cuál debe ser su actuación en cada fase del trabajo.
Así, la auditoría laboral constituye una técnica del control de legalidad y comprobación de la actividad de gestión del personal laboral de una empresa; comprobación que supone que la actividad laboral de la empresa es acorde con los principios de una buena gestión.
La finalidad de las normas de auditoría es buscar las normas más precisas para mejorar la calidad de los trabajos y del cumplimiento de la normativa laboral.
La Ley 19/88 regula la auditoría de cuentas.
Otras normas son:
- Ley de 25 de julio de 1989, que establece una reforma parcial y la adaptación de la legislación mercantil española a las directivas comunitarias.
- RD Legislativo de 20 de diciembre de 1990, que establece el Plan General de Contabilidad.
- Ley de sociedades de responsabilidad limitada, de marzo de 1995.
- RD 180/2003, que modifica el RD de 1990, que aprueba el reglamento de la Ley de auditoría de cuentas.
- RD Legislativo de diciembre de 1990, que aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley de auditoría de cuentas.
- RD Legislativo de diciembre de 1989, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de sociedades anónimas.
- RD de junio de 1996, que aprueba el Reglamento del Registro Mercantil.
Amparados en la Ley de 1988, que establece la auditoría de cuentas, y no existiendo una regulación específica de la actividad de la auditoría laboral, por analogía, las actuaciones en el desarrollo de la actividad de la auditoría laboral vienen siendo paralelas a las propias de la auditoría contable.
- Definición de auditoría laboral.
Es el conjunto de actuaciones realizadas por profesionales independientes que llevan a cabo el análisis y revisión de la situación laboral de una empresa, mediante el estudio de la documentación e información aportada por la misma, reflejando en un informe final la situación real de la propia empresa en cuanto al cumplimiento de las obligaciones jurídico-laborales y de Seguridad Social.
La auditoría debe ser un proceso sistemático-documentado, dentro del que hay una revisión de la actividad socio-laboral de la empresa, que se hará mediante documentos que la empresa da al auditor, y que deberá realizarse de forma objetiva.
La revisión supone analizar pormenorizadamente la documentación que la empresa posee. Si a criterio del auditor falta documentación, éste hará de forma preventiva que la empresa la busque.
Este proceso de auditoría debe realizarse por personas íntegras, independientes y ajenas a la empresa.
El destinatario del informe de la auditoría laboral es la dirección de la empresa que lo ha solicitado. En el informe el auditor analiza y supone que la empresa preserve a sus trabajadores dentro del marco del cumplimiento de las normas de Seguridad Social y de salud laboral.
- Auditor/asesor.
- Asesor: su fin es economizar costes de las obligaciones de la empresa. Así, estamos hablando de un asesor económico, que busca que la empresa sea económicamente rentable, aunque a veces esa rentabilidad incide en que a los trabajadores no se les cualifica ni califica en función de los trabajos que están realizando.
- Auditor: señala riesgos y responsabilidades, de forma objetiva, ante el incumplimiento de la legalidad.
CLASES DE AUDITORÍA:
- De legalidad.- trata de velar por la legalidad en la gestión y administración de personal.
- De gestión.- comprueba el nivel de economía, eficacia y eficiencia en la utilización de los medios materiales y personales y, a su vez, en la comprobación de que en la gestión del personal laboral se aplican criterios de autocontrol y diligencia debida (conocer si efectivamente los trabajadores cumplen con las funciones encomendadas y la diligencia que ha de tener como buen trabajador – de aquí saldrá el posible absentismo laboral-).
- De riesgos.- evaluación y control sobre la relación trabajado o actividad – riesgo, de los posibles riesgos laborales asociados al propio cometido del trabajador. Así, conocer si la empresa cumple y sigue su cumplimiento.
Por ejemplo, no es lo mismo una auditoría de riesgos a una empresa de construcción que a una empresa textil. Hay que analizar el cometido del trabajador, si la empresa cumple las medidas de seguridad.
Otras auditorías son las derivadas de otros sistemas, otros aspectos parciales, circunstancias específicas, modificaciones solicitadas por la empresa…
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