DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- Procedimientos de solución
extrajudicial de conflictos
Con vinculación a las competencias de la Comisión
Mixta Paritaria en esta
materia, las partes manifiestan su voluntad de que otros sistemas
de solución
extrajudicial de conflictos laborales institucionalizados a nivel
nacional o de
Comunidad Autónoma puedan ser de aplicación, una vez
cumplidos los
requisitos y normas establecidos para ello.
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