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Actividades empresariales

Control y vigilancia sobre el personal de empresas de trabajo temporal

¿La empresa usuaria ha informado a la ETT sobre las características del puesto de trabajo antes de la contratación?
¿Se ha efectuado la evaluación de riesgos del puesto ocupado por el trabajador de ETT?
¿Se ha incorporado esta información al contrato de puesta a disposición?
¿El trabajador de la ETT reune las condiciones requeridas para el puesto?
¿Los trabajadores de la ETT han sido debidamente formados e informados sobre su puesto de trabajo por la ETT y empresa usuaria?
¿Se han llevado a cabo reconocimientos médicos del trabajador de la ETT en función de la evaluación del puesto?
¿Se ha informado a los representantes de los trabajadores y servicios de prevención de la puesta a disposición de uno o varios trabajadores procedentes de ETT?
¿La empresa usuaria ha informado por escrito de los daños a la salud de los trabajadores de la empresa de trabajo temporal?
¿Realizan los trabajadores de la ETT algunas de las actividades prohibidas por el artículo 8 del RD 216/99?
¿La empresa usuaria ha registrado las informaciones y datos a los que se refiere el RD 216/99?

Control y vigilancia de las contratas que sean de la propia actividad

¿Ha informado el empresario titular a los otros empresarios concurrentes sobre los riesgos propios del centro de trabajo que pueden afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas referidas a la prevención de riesgos y las medidas de emergencia?
¿Se han dado las instrucciones a las empresas concurrentes sobre las medidas preventivas a adoptar, incluyendo las medidas de emergencia?
¿Se han designado personas encargadas de la coordinación, si fuera necesario, se coordinan con los recursos preventivos de los empresarios concurrentes y se han articulado otros medios de coordinación?
¿Como se ha trasladado a las contratas y subcontratas la información de los fabricantes, importadores o suministradores sobre sus equipos, productos, materias primas,...?
¿Se ha exigido por el empresario principal a las empresas contratadas o subcontratadas que acrediten por escrito evaluación de riesgos, planificación preventiva, formación e información de sus trabajadores?

Control de contratas de distinta actividad

¿Qué sistema se ha adoptado para informar e instruir a tales empresas sobre los riesgos de su centro de trabajo y planes de emergencia?
¿Que sistema se ha establecido para la cooperación y coordinación (medios de coordinación) con las contratas y trabajadores autónomos para la prevención y protección de riesgos laborales?

 

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