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Actividades
empresariales |
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Control y vigilancia sobre el personal
de empresas de trabajo temporal
¿La empresa usuaria ha informado a la ETT
sobre las características del puesto de trabajo antes de
la contratación?
¿Se ha efectuado la evaluación de riesgos del puesto
ocupado por el trabajador de ETT?
¿Se ha incorporado esta información al contrato de
puesta a disposición?
¿El trabajador de la ETT reune las condiciones requeridas
para el puesto?
¿Los trabajadores de la ETT han sido debidamente formados
e informados sobre su puesto de trabajo por la ETT y empresa usuaria?
¿Se han llevado a cabo reconocimientos médicos del
trabajador de la ETT en función de la evaluación del
puesto?
¿Se ha informado a los representantes de los trabajadores
y servicios de prevención de la puesta a disposición
de uno o varios trabajadores procedentes de ETT?
¿La empresa usuaria ha informado por escrito de los daños
a la salud de los trabajadores de la empresa de trabajo temporal?
¿Realizan los trabajadores de la ETT algunas de las actividades
prohibidas por el artículo 8 del RD 216/99?
¿La empresa usuaria ha registrado las informaciones y datos
a los que se refiere el RD 216/99?
Control y vigilancia de las contratas que
sean de la propia actividad
¿Ha informado el empresario titular a los
otros empresarios concurrentes sobre los riesgos propios del centro
de trabajo que pueden afectar a las actividades por ellos desarrolladas,
las medidas referidas a la prevención de riesgos y las medidas
de emergencia?
¿Se han dado las instrucciones a las empresas concurrentes
sobre las medidas preventivas a adoptar, incluyendo las medidas
de emergencia?
¿Se han designado personas encargadas de la coordinación,
si fuera necesario, se coordinan con los recursos preventivos de
los empresarios concurrentes y se han articulado otros medios de
coordinación?
¿Como se ha trasladado a las contratas y subcontratas la
información de los fabricantes, importadores o suministradores
sobre sus equipos, productos, materias primas,...?
¿Se ha exigido por el empresario principal a las empresas
contratadas o subcontratadas que acrediten por escrito evaluación
de riesgos, planificación preventiva, formación e
información de sus trabajadores?
Control de contratas de distinta actividad
¿Qué sistema se ha adoptado para
informar e instruir a tales empresas sobre los riesgos de su centro
de trabajo y planes de emergencia?
¿Que sistema se ha establecido para la cooperación
y coordinación (medios de coordinación) con las contratas
y trabajadores autónomos para la prevención y protección
de riesgos laborales?
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