 |
|
 |
UN
EJEMPLO PARA EL EJERCICIO LIBRE DE LA PROFESION DE ERGONOMO
F.
Javier Llaneza
Presidente de PREVERAS
Vicepresidente de la AEE
A la espera de un mayor protagonismo de la Ergonomía como
disciplina preventiva, los muchos técnicos de nivel superior
formados en esta especialidad preventiva no pueden seguir esperando
una oferta de empleo que no llega. Dentro de los mutiples campos
de aplicación de la Ergonomía, señalamos aquí
aquel que trata sobre los servicios que nuestra esta disciplina
puede prestar a la Justicia desde nuestra competencia profesional
reconocida por la normativa en prevención de riesgos laborales
y en el marco de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Pese al todavía desconocimiento de esta profesión,
su potencialidad - nada que ver con el reductor nicho preventivo-
ha hecho que el trabajo del ergónomo como perito judicial
sea cada vez más demandado. Es una especialidad preventiva
y la normativa en prevención de riesgos laborales genera
multitud de obligaciones de difícil cumplimiento y negativas
consecuencias jurídicas cuando la prevención queda
relegada a un papel marginal. Es una disciplina que aborda el estudio
y análisis del trabajo y sus repercusiones sobre el trabajador,
ocupándose de todo lo que concierne al trabajo. Es en definitiva
una disciplina que se ocupa de la actividad humana analizando la
interrelación de los medios técnicos y organizativos
y las consecuencias que tienen para el ser humano y sus diferentes
roles (usuarios, clientes, operadores, trabajadores,…).Los
dictámenes de los peritos ergónomos encuentran su
respaldo en la sección 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
El perito ergónomo es un profesional de la Ergonomía,
de reconocida cualificación en razón de sus conocimientos
y experiencia en esta disciplina. Tiene una competencia respaldada
por la Asociación Asturiana de Ergonomía (integrada
en la española AEE) para realizar dictámenes periciales
a instancia de las partes o por designación del tribunal.
Incapacidades y accidentes
Los
dictámenes e informes periciales en Ergonomía constituyen
un elemento fundamental para mostrar en los procesos de incapacidad
laboral, la actividad de trabajo, del trabajo real, tal como el
hombre lo lleva a cabo en unas particulares condiciones laborales.
Frente a la tarea (el trabajo prescrito o lo que el hombre debe
hacer) formalizada por la descripción del puesto de trabajo
o la profesiografía entendida como variables que ha de poseer
un trabajador real o potencial para desempeñar satisfactoriamente
y con un rendimiento medio un puesto de trabajo, se muestra la realidad,
real y no formalizada, del trabajador-actor del proceso con sus
particulares características (antropométricas, fisiológicas,
psicológicas, etc.) puestas en relación con el medio
laboral y unas especificas condiciones de trabajo (ambiente físico,
útiles, tiempo de trabajo, etc.). El ergónomo considera
estos elementos cuando tiene que realizar su informe y dictamen,
empleando para ello una metodología que conlleva sumergirse
en la realidad de esa empresa y de ese puesto de trabajo. Este análisis
es una investigación ideográfica que requiere un profundo
conocimiento del trabajo; las variables que afectan al trabajador
con especial atención a las patologías o limitaciones
físicas reconocidas y desencadenantes de la iniciación
del proceso de incapacidad; el inventario de los equipos de trabajo,
productos, herramientas, etc. que ese trabajador emplea para desempeñar
sus funciones habituales; la observación directa de las conductas,
gestos, posturas, etc. que el trabajador debe realizar para hacer
frente a las exigencias del trabajo; también cualquier otros
elemento, situaciones o circunstancias que contribuyan a que el
informe pericial conteniendo los elementos gráficos comprensivos
de lo analizado sea un especie de construcción documental
que represente fielmente el puesto de trabajo.
En los casos de accidentes de trabajo y ante la solicitud de recargo
de las prestaciones de la Seguridad Social por incumplimiento de
las medidas preventivas, el informe ergonómico comprende
la reconstrucción del accidente y el análisis de los
fallos preventivos que han contribuido al mismo. El análisis
de los incumplimientos en materia de prevención de riesgos
y el reconocimiento de la multicausalidad del accidente debe llevar
a mostrar la importancia de todas las causas y no solo las inmediatas
que suelen figurar en el análisis del accidente.
Daños laborales
Los especialistas en Ergonomía y Psicosociología Aplicada,
son los técnicos legalmente reconocidos para buscar las causas
de estos riesgos para la salud que tienen un origen laboral. Deben
garantizar que la salud que se protege alcanza a todos los aspectos
relacionados con el trabajo. La identificación y evaluación
de los riesgos psicosociales y su tratamiento pertinente a nuestra
especialidad es, pese a los nexos, claramente diferenciable de otros
campos susceptibles igualmente de dictámenes periciales.
A modo de ejemplo: la Psicología clínica que abordaría
la evaluación y tratamiento del estrés personal, la
Sociología del trabajo que se ocuparía de estudios
de clima laboral o el psicólogo social o laboral que pudiera
ocuparse de la satisfacción en el trabajo.
Los dictámenes periciales han de mostrar las causas que estando
o habiendo estado presentes en el puesto de trabajo han ocasionado
una psicopatología laboral, tal como el estrés, burnout
(síndrome del quemado), o mobbing (acoso moral en el trabajo).
El estrés laboral en estas dos exitosas y difundidas variantes
es una patología que tiene una causa múltiple y un
desarrollo lento. El origen y el proceso de generación del
estrés tienen un asintonía temporal con el momento
de demanda de un informe psicosocial (y ergonómico). Las
dificultades estriban en la imposibilidad existente para investigar
(incluso entrar) dentro de la organización cuyas condiciones
de trabajo han sido supuestamente las causantes de la afectación
a la salud del trabajador. Cuando se conoce que algún trabajador
ha recibido la baja laboral por un diagnostico de mobbing realizado
por su medico de atención primaria, se siente el mismo desconcierto
que cuando un psicólogo pretende tratar al trabajador afectado
de mobbing con alguna técnica psicoanalítica.
Confundir la causa y las consecuencias, el trabajador enfermo y
las organizaciones que los enferman es explicable desde la popularidad
del termino y la forma de abordarlo por cualquiera, omitiendo la
necesaria relación que caracterizando la prevención
existe entre el factor de riesgo, el riesgo y las consecuencias.
La interrelación, la explicación y las propuestas
correctiva han de realizarlas los peritos especialistas en ergonomía
y psicosociología porque ellos son los técnicos competentes
para mostrarlo en la sala judicial.
Las lesiones musculoesqueléticas constituyen otros riesgos
ergonómicos clásicos, susceptibles por lo tanto de
ser evaluados y demostrados los daños mediante un dictamen
ergonómico. Los microtraumatismos repetitivos o desordenes
traumáticos acumulativos son lesiones por esfuerzos o movimientos
continuados que afectan a las partes blandas (tendones, nervios,
bolsas sinoviales, etc.) de las articulaciones. También las
posturas forzadas en tronco y articulaciones determinadas por la
tarea o por un deficiente diseño del espacio de trabajo pueden
acarrear situaciones de riesgo biomecánico y circulatorio
así como lesiones por sobrecarga.
Este tipo de lesiones pueden prevenirse desde la Ergonomía
y la Psicosociología actuando de forma integral sobre todos
los factores de riesgo de las condiciones de trabajo: mejorando
el diseño de las herramientas, puestos de trabajo, tareas,
etc. Los fabricantes de equipos de trabajo que no han sido diseñados
desde las exigencias de las normas españolas o europeas (normas
UNE-EN) deben saber que además de facilitar el incumplimiento
de los contenidos de las normas legales (RD 1215), están
expuestos a reclamaciones por los daños que el uso pueda
generar entre los operadores.
Los
informes periciales sobre la ergonomía de los productos (herramientas
manuales, programas informáticos, etc.) permiten mostrar
como, si los fabricantes no elaboran los productos siguiendo las
normas ergonómicas o como si los empresarios adquieren esos
productos desconociendo las normas legales han de cargar con la
responsabilidad de asumir que tal producto ha ocasionado una lesión
al trabajador o al usuario.
El perito ergónomo tiene un papel clave al analizar la situación
generada por cualquiera que adquiere un producto que por su uso
ocasiona daños. En cualquiera de las dos modalidades de intervención
se solicita el dictamen para conocer: si el producto es razonablemente
peligroso y si lo es, si ha sido la exposición la causa del
accidente o ha contribuido a la gravedad del daño.
En caso afirmativo se puede iniciar un proceso contra el fabricante,
siendo el informe y el testimonio del ergónomo necesario
para ayudar al juez a responder a estas cuestiones. A través
del informe ergonómico pericial, el demandante intentará
establecer que el producto fue diseñado de manera inadecuada
o fabricado defectuosamente, generando de esta manera condiciones
peligrosas inaceptables. La defensa, a la inversa, también
puede emplear un perito ergónomo para mantener que el producto
es seguro, y que el daño fue causado por negligencia del
individúo lesionado, intentando demostrar y convencer que
el fabricante no es responsable por el daño causado.
La práctica pericial del ergónomo representa un nuevo
campo de trabajo para nuestra profesión que bajo los exigibles
principios de ética y eficacia profesional, mostrando su
utilidad, contribuirá a un lento pero imparable desarrollo
social y académico de la Ergonomía.
|
 |
 |