Constitución Española (artículo
40).
Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Reglamentos (desarrollo)
Normativa Técnica. Artículo 9 en
su apartado a de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Directrices europeas de Seguridad y Salud Laboral
Convenios internacionales. Con rango de Ley salvo
que sean en oposición a las leyes españolas.
Negociación colectiva. Estos con rango inferior
a la ley correspondiente. Puede tratarse siempre de mejoras, pero
en los convenios colectivos no puede empeorarse algo marcado por
Ley. En materia de prevención raramente se contemplan mejoras,
suele remitirse con frecuencia a lo que indica la Ley.
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