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Recargo de prestaciones de Seguridad Social

Artículo 123 de la Ley General de La Seguridad Social

" Todas las prestaciones económicas que traigan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional aumentarán la gravedad de la falta de un 30 a un 50% cuando la lesión se produzca por máquinas, artefactos, instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones o cuando no se hayan observado las medidas generales o especiales de seguridad e higiene en el trabajo o elementales de seguridad o las de adecuación personal a cada trabajador habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y demás condiciones de trabajo "

 

 

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