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Recargo
de prestaciones de Seguridad Social |
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Artículo 123 de la Ley General de La Seguridad
Social
" Todas las prestaciones económicas
que traigan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional
aumentarán la gravedad de la falta de un 30 a un 50% cuando
la lesión se produzca por máquinas, artefactos, instalaciones,
centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de
precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas
condiciones o cuando no se hayan observado las medidas generales
o especiales de seguridad e higiene en el trabajo o elementales
de seguridad o las de adecuación personal a cada trabajador
habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y
demás condiciones de trabajo "
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