CAPITULO
I (Objeto, ámbito de aplicación y definiciones)
1)
El objeto de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)
es: la promoción de la salud y seguridad de los
trabajadores.
2) La LPRL establece los principios generales de:
a) Prevención de riesgos
b) Información, consulta y participación
c) Formación en materia preventiva
3) El ámbito de aplicación de la LPRL no afecta,
en principio, a:
a) Fuerzas armadas, policía y seguridad
b) Protección civil (en caso de catástrofe)
c) Establecimientos penitenciarios
d) Servicio del hogar
4) La LPRL sí afecta a:
a) Fabricantes, importadores y suministradores
b) Trabajadores autónomos
c) Personal civil de la Administración Pública
d) Socios de cooperativas que presten su trabajo en ellas
5) El concepto de condición de trabajo incluye a:
a) Características de locales e instalaciones
b) Naturaleza de agentes físicos, químicos o biológicos
c) Procedimientos para la utilización de agentes físicos,
químicos o biológicos
d) Organización y ordenación del trabajo
CAPITULO II (Política en materia de
prevención)
6)
La política en materia de prevención compete a:
las administraciones públicas con la participación
de las organizaciones empresariales y sindicales.
7) El Gobierno, junto con las organizaciones empresariales
y sindicales, regulará:
a) Mínimos de condiciones de trabajo
b) Limitaciones o prohibición de procesos que entrañen
riesgos
c) Condiciones y requisitos especiales para procesos que entrañen
riesgos
d) Procedimientos de evaluaciones de riesgos (ER)
e) Funcionamiento y control de los servicios de prevención
(SP)
f) Vigilancia de la salud y calificación de EE.PP.
8) ¿Cómo participan las Administraciones Públicas?
:
a) Promoción de la prevención y asesoramiento en materia
preventiva
b) Velando por el cumplimiento de la normativa de prevención
c) Sancionando el incumplimiento de la normativa
9) Los trabajos o actividades en los que las funciones de promoción,
control y sanción se llevan a cabo por organismos específicos
son: minería e industrias extractivas, explosivos
y energía nuclear.
10) Son funciones del INSHT:
a) Asesoramiento técnico
b) Promoción y realización de actividades de formación
c) Colaboración con la Inspección de Trabajo y organismos
internacionales y de las CC.AA.
d) Ser centro de referencia de cara a la U.E.
11) Son funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social:
a) Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención
b) Asesoramiento a empresarios y trabajadores sobre el cumplimiento
de la normativa sobre prevención
c) Asistencia a la Justicia en materia social
d) Informar a la Autoridad Laboral sobre accidentes de trabajo graves,
muy graves o mortales
e) Comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones de
los SP
f) Ordenar la paralización de trabajos ante riesgos graves
e inminentes
12) Son funciones de las Administraciones Públicas:
a) Establecer métodos de control y evaluación de las
actividades sanitarias desarrolladas por los SP
b) Implantación de sistemas de información y realización
de estudios epidemiológicos
c) Supervisión de la formación en materia de prevención
d) Elaboración y divulgación de estudios e investigaciones
13) Son funciones de la Comisión Nacional de Seguridad
y Salud en el Trabajo:
a) Asesorar a la Admón. Pública en la formulación
de políticas de prevención
b) Ser órgano de participación en materia de seguridad
y salud en el trabajo
14) Componen la CNSST:
a) Un representante de cada CCAA
b) Igual número de la Administración General del Estado
c) Mismo número a partes iguales entre empresarios y sindicatos.
15) Los órganos de gobierno de la CNSST son:
a) Presidente (Secretario de Empleo y Relaciones Laborales)
b) Un Vicepresidente por cada uno de los grupos (Subsecretario de
Sanidad y Consumo para la Admón. Gral. del Estado)
c) Secretario (Director del INSHT)
CAPITULO III (Derechos y obligaciones)
16) Los aspectos relacionados con el trabajo en los que
especialmente el empresario debe garantizar la seguridad y salud
en el trabajo son:
a) Información, consulta y participación
b) Formación en materia preventiva
c) Paralización de la actividad ante riesgo grave e inminente
d) Vigilancia de la salud
e) Elección de EPI’s
f) Adaptación de puestos de trabajo ante características
individuales (menores, embarazadas y discapacitados)
17) ¿Quiénes están también obligados
a velar por la seguridad y la salud en el trabajo?:
a) Los propios trabajadores
b) Los representantes de los trabajadores
c) Los trabajadores autónomos con respecto a otros empresarios
d) Fabricantes y suministradores
18) ¿Quiénes pueden asegurar los riesgos derivados
del trabajo?:
a) La empresa para con sus trabajadores
b) Los trabajadores autónomos para con ellos mismos
c) Las cooperativas para con los socios cuya actividad consista
en la prestación de su trabajo personal.
19) La aplicación de la normativa sobre PRL, en el caso de
dos o más empresas en un mismo centro de trabajo, deberá
llevarse a cabo: cooperando entre todas ellas (Centro comercial,
p. ej.)
20) La aplicación de la normativa sobre PRL, en el
caso de empresas que desarrollen su actividad en otro centro de
trabajo, deberá llevarse a cabo: el empresario titular
del centro deberá informar a los otros trabajadores de los
riesgos y medidas de protección y emergencia (p. ej., empresas
de limpieza en unas oficinas)
21)
La aplicación de la normativa sobre PRL, en el caso de subcontratas,
deberá llevarse a cabo: la empresa contratante vigilará
el cumplimiento de la normativa en PRL por parte del subcontratista.
22)
La aplicación de la normativa sobre PRL, en el caso de E.T.T.,
deberá llevarse a cabo: la formación del
trabajador corre a cargo de la ETT y el cumplimiento de la normativa
en PRL se vigilará por parte del contratante.
CAPITULO
IV (Servicios de Prevención)
23)
El cumplimiento del deber de protección puede ser llevado
a cabo por:
a) El propio empresario
b) Uno o varios trabajadores designados
c) Un SP (propio o ajeno)
24) La actividad preventiva deberá ser auditada:
siempre que no se contrate con un SP.
25) Las MATEPSS podrán desarrollar funciones encomendadas
a los SP: sólo para aquellas empresas asociadas.
CAPITULO
V (Consulta y participación de los trabajadores)
26)
¿Qué aspectos deberá consultar el empresario
con los trabajadores o sus representantes?:
a) Planificación y organización del trabajo
b) Introducción de nuevas tecnologías
c) Organización y desarrollo de las actividades de protección
y prevención
d) Designación de los trabajadores encargados de las medidas
de emergencia
e) Procedimientos de información y documentación.
27) Los representantes de los trabajadores con funciones
específicas en materia de prevención son:
los Delegados de Prevención.
28) Los Delegados de Prevención se elegirán
por y entre los representantes del personal en razón de:
Nº. DE TRABAJADORES DELEGADOS OBSERVACIONES
Hasta 30 1 Será el Delegado de Personal
De 31 a 49 1
De 50 a 100 2
De 101 a 500 3
De 501 a 1000 4
De 1001 a 2000 5
De 2001 a 3000 6
De 3001 a 4000 7
De 400 en adelante 8
29)
Componen el Comité de Seguridad y Salud, con voz y voto:
los representantes de los trabajadores y el empresario y/o sus representantes
(todos en igual número).
30) Pueden formar parte del Comité de Seguridad y
Salud, sin voto: delegados sindicales, otros técnicos
de prevención y otros trabajadores cualificados.
31) El Inspector de Trabajo comunicará su presencia en la
empresa, además de al empresario, a: Delegados de
Prevención y al Comité de Seguridad y Salud (o representantes
de los trabajadores).
32)
Además de al empresario, los resultados de las visitas de
la Inspección de Trabajo se informarán a:
los Delegados de Prevención.
CAPITULO
VI (Obligaciones de fabricantes, importadores y suministradores)
33)
Los fabricantes, importadores y suministradores están obligados
a:
a) Que la maquinaria, equipos y útiles no constituyan fuente
de riesgo
b) Que los productos químicos estén envasados y etiquetados
conforme a las normas vigentes
c) Informar de las medidas de protección a usar
d) Informar del correcto uso de sus productos
CAPITULO VII (Responsabilidades y sanciones)
34)
Además de al empresario, se consideran sujetos responsables
a:
a) SP ajenos
b) Entidades auditoras y formativas
c) Promotores y propietarios de obras
d) Trabajadores autónomos
35) Se consideran infracciones leves las faltas en:
a) Comunicación de apertura de centros de trabajo o reanudación
de actividad
b) Comunicación en tiempo y forma a la Autoridad Laboral
de accidentes leves
c) Obligaciones formales y documentales
36)
Se consideran infracciones graves las faltas en:
a) Evaluaciones de riesgos y planificación de la actividad
preventiva
b) No realizar reconocimientos médicos y/o no comunicárselos
a los trabajadores
c) No comunicar accidentes graves, muy graves o mortales ni EE.PP.,
así como no realizar investigación de accidentes en
caso de daños
d) No registrar ni archivar los datos procedentes de las ER
e) Plan de Seguridad e Higiene en proyectos de edificación
f) Adscripción de personal a puestos que por sus características
o condiciones personales fuesen incompatibles
g) Formación e información
h) Superación de los niveles de exposición
37) Se consideran infracciones muy graves las faltas en:
a) No observar las normas en cuanto a protección a personal
especialmente sensible (embarazadas, lactantes, menores y discapacitados)
b) No paralización de actividades en caso de riesgo grave
o inminente
c) Adscripción de personal a puestos que por sus características
o condiciones personales fuesen incompatibles, si se deriva un riesgo
grave o inminente
d) Confidencialidad en los resultados de los reconocimientos médicos
e) Superación de los niveles de exposición si implica
un riesgo grave o inminente
f) Impedir a los trabajadores la paralización de actividades
si hay riesgo grave o inminente
38) La responsabilidad en el caso de contratas y subcontratas
de empresarios con la misma actividad, es de tipo: solidaria.
39) La responsabilidad en el caso de contratas entre empresarios
con distinta actividad, es de tipo: subsidiaria para el
titular del centro.
40)
La responsabilidad en el caso de trabajadores de ETT, es de tipo:
subsidiaria para la empresa usuaria.
41)
La responsabilidad en el caso grupos de empresas, es de tipo:
solidaria.
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